Trabajos sobre cubiertas de materiales ligeros

salud en el trabajo

Según el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, cada siete días un trabajador sufre un accidente grave o mortal al caerse desde el tejado o cubierta en la que estaba trabajando. Es un dato muy, muy preocupante, que nos debe hacer reflexionar sobre la necesidad de planificar adecuadamente los trabajos en cubierta.


¿Qué es una cubierta de material ligero? trabajos sobre ellas

Podemos definir una cubierta de material ligero o cubierta frágil como aquella que no puede soportar, por sí misma, el tránsito de personas.

En la mayor parte de los casos suelen estar compuestas por placas simples, sean onduladas, nervadas o planas; con materiales como el fibrocemento, el policarbonato, el cloruro de vinilo o los materiales polímeros, entre otros; y en muchos casos son traslúcidas para generar un aporte de iluminación natural al interior del edificio.

solución integral de seguridad

Imagen: cubierta de nave industrial con algunas placas traslúcidas.
Fuente: Workprotec.

Durante los trabajos de construcción, mantenimiento o limpieza sobre cubiertas de materiales ligeros, ya sean planas o inclinadas, existen una serie de condicionantes como pueden ser la altura a la que se realizan los trabajos, la baja resistencia y la fragilidad de los materiales de que se componen, las condiciones climatológicas, la pendiente, etc., que dan lugar a un elevado número de accidentes laborales.

De nuevo, el principal riesgo al que están sometidos los trabajadores que desarrollan tareas sobre estas cubiertas es el de caída a distinto nivel, con las gravísimas o fatales consecuencias ya conocidas. Los principales motivos de estas caídas suelen ser la ausencia de protecciones colectivas, la falta de uso de equipos de protección individual adecuados y también el deterioro de los materiales frágiles, muy sensibles a las condiciones climatológicas.

Considerando los trabajos ya citados, evidentemente debemos pensar en tres situaciones, el acceso a la cubierta, su ejecución y los posibles trabajos posteriores de mantenimiento.


Trabajos en cubiertas. Referencias normativas

El anexo I, de condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo, incluido en el R.D. 486/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, indica en el punto 2º de su apartado A), que: “el acceso a techos o cubiertas que no ofrezcan suficientes garantías de resistencia solo podrá autorizarse cuando se proporcionen los equipos necesarios para que el trabajo pueda realizarse de forma segura”.

Y esta obligación se repite en el punto 2.b), de la parte A y Anexo IV, de disposiciones mínimas de seguridad y de salud que deberán aplicarse en las obras, del R.D. 1627/1997.

Por su parte, el artículo 10 del R.D. 1627/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, fija en su apartado b) como uno de los principios generales aplicables durante la ejecución de cualquier obra que “la elección del emplazamiento de los puestos y áreas de trabajo, teniendo en cuenta sus condiciones de acceso…”

Además, dentro de ese mismo Real Decreto, en el punto 3.b) de la Parte C y Anexo IV, de disposiciones mínimas específicas relativas a puestos de trabajo en las obras en el exterior de los locales, se establece que “los trabajos en altura sólo podrán efectuarse, en principio, con la ayuda de equipos concebidos para tal fin o utilizando dispositivos de protección colectiva, tales como barandillas, plataformas o redes de seguridad. Si por la naturaleza del trabajo ello no fuera posible, deberá disponerse de medios de acceso seguros y utilizarse cinturones de seguridad con anclaje u otros medios de protección equivalente”.


Seguridad y salud en el trabajo sobre cubiertas de materiales ligeros

Se deduce, por tanto, que deberemos centrar nuestra atención, ante la ejecución de cualquier tarea en una cubierta con materiales ligeros o frágil, en los siguientes aspectos:

  • El acceso a la cubierta.
  • La disposición de protecciones colectivas, en caso de ser posible.
  • La utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, debidamente fijados a dispositivos o líneas de anclaje, provisionales o definitivas.

Acceso a la cubierta

El acceso a cubiertas con materiales ligeros suele hacerse, bien con andamios normalizados, bien con plataformas elevadoras móviles de personal (en lo sucesivo PEMP), si es durante la ejecución de la obra. Una vez terminada una cubierta de esta naturaleza, el acceso suele llevarse a cabo a través de escalas fijas o mediante las PEMP antes citadas.

Detengámonos en esta última técnica, el extendido y peligroso uso de PEMP como medio de acceso a cubiertas. Dentro del anexo II de disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo, incluido en el R.D. 1215/1997, en el punto 1 y apartado 3 se cita textualmente: “los equipos de trabajo no deberán utilizarse de forma o en operaciones o en condiciones contraindicadas por el fabricante…”, es decir, que una PEMP no debería emplearse para el acceso a una cubierta si el fabricante no lo ha previsto así en su manual de instrucciones.

Además, según IPAF (International Powered Access Federation, en castellano Federación Internacional de Acceso Motorizado), sólo existen dos casos en los que se pueden utilizar las PEMP para acceder a un lugar ubicado en altura, y son:

  • Si después de una exhaustiva evaluación de los riesgos, se puede acreditar que ésta es la manera más segura y efectiva para acceder al lugar situado en altura.
  • Si es parte de un plan de rescate por una situación de emergencia.

Disposición de protecciones colectivas

Sin olvidar las protecciones colectivas perimetrales, mediante sistemas de protección de borde, cuando hablamos de protecciones colectivas en las cubiertas de materiales ligeros, debemos pensar sobre todo en sistemas principalmente horizontales o ligeramente inclinados, que permitan frenar la caída de trabajadores a través de placas y huecos.

redes de seguridad para la protección de lucernarios

Imagen: protección mediante red de lucernario o claraboya.
Fuente: Workprotec.

En un artículo del blog ya hablamos de protección de traslúcidas o lucernarios: la importancia de la correcta señalización y protección. En él establecíamos como protecciones para las cubiertas frágiles las redes, las mallas metálicas y las rejillas de tipo tramex.

Los tres sistemas detienen la caída. Las redes tienen el hándicap de su durabilidad, por ser de poliamida o polipropileno. Las mallas y las rejillas metálicas resuelven ese problema. Pero ha de tenerse en cuenta que con el único sistema con el que se podría transitar por encima de las placas es el de rejillas de tipo tramex, siempre que tengan la resistencia adecuada.


Equipos de protección individual con líneas de anclaje

Es la solución menos deseable, pero se hace necesaria para la propia colocación de las protecciones colectivas citadas en el apartado anterior, pues no olvidemos que uno de los principios de la acción preventiva es el de evitar los riesgos en el origen, por lo que se debe procurar evitar la caída incluso durante la colocación de los sistemas de protección colectiva.

En esta situación, el sistema anticaídas debe ser fijado a líneas de vida debidamente instaladas. También en un artículo de nuestro blog hablamos de las distintas tipologías de líneas de vida.


Fuentes

  • Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. «BOE» núm. 97, de 23 de abril de 1997. Referencia: BOE-A-1997-8669.
  • Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. «BOE» núm. 256, de 25 de octubre de 1997. Referencia: BOE-A-1997-22614.
  • El Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. «BOE» núm. 188, de 07 de agosto de 1997. Referencia: BOE-A-1997-17824.
Fernando Espinosa Gutiérrez
Fernando Espinosa Gutiérrez
Arquitecto técnico y Técnico PRL

Formador en Seguridad y Salud en la Fundación Laboral de la Construcción y Colegios Profesionales de Arquitectos y Arquitectos Técnicos.
Elaboración de estudios y estudios básicos de seguridad, asesoramiento a empresas para la redacción de planes de seguridad y salud y documentos de gestión preventiva.
Coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución.

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